Si usted no tiene hogar, es decir, no tiene una dirección permanente, puede registrarse y votar en cualquiera de los 50 Estados.
Se recomienda que, al inscribirse para votar, las personas sin hogar indiquen la dirección de un albergue como "dirección de residencia electoral" para poder recibir el correo. Las personas sin hogar que se registren también pueden designar como residencia una esquina concreta de una calle, un parque u otro lugar público, si así lo desean.
Tenga en cuenta que algunos Estados requieren que los solicitantes de registro hayan sido residentes de ese Estado o condado durante un cierto período de tiempo para poder registrarse para votar. Encontrará las normas estatales sobre la duración de la residencia en nuestro directorio de requisitos estatales para votar. Elija su Estado y, en la página siguiente, seleccione su lugar de elección y los "Requisitos de elegibilidad".